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Derecho Humanos delitos | Los Vagones |

suprema corte confirma

Libran orden de captura contra expolicía por diversos delitos en "Los Vagones"

Alejandro Ferreira cumplía funciones en ese centro de detención y tortura; cuando lo fueron a detener se descompuso y fue internado.

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La Justicia libró orden de captura contra el expolicía Alejandro Ferreira condenado el 6 de marzo de 2023 como coautor de numeroso delitos de tortura a nueve años de prisión por la causa “Los vagones”. La orden se conoció una vez que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó el recurso de casación y nulidad interpuesto por la defensa.

Tras el fallo la Suprema Corte dispuso remitir el expediente al Juzgado Letrado de 3º turno de Canelones para que libre la orden de detención de Ferreira, quien se encontraba en prisión domiciliaria. Este jueves, cuando lo fueron a detener se descompuso y se encuentra internado en el sanatorio Comeca.

Ferreira revistaba en la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Canelones, organismo que tenía a su cargo la actuación represiva durante la dictadura (1973-1985). Como centro clandestino de detención y tortura se utilizaba un predio conocido como “Los Vagones”, ya que estaba conformado por tres vagones de ferrocarril en desuso. Al principio estaban instalados en la Escuela de Policía de Canelones, posteriormente fueron trasladados al fondo del Parque Artigas, lindero al barrio Olímpico de la capital departamental.

Según informó Subrayado (Canal 10), Ferreira cumplió funciones allí entre el 19 de julio de 1974 y el 28 de julio de 1976, a las órdenes del comisario Guillén.

En la causa, declararon 17 víctimas, que en su mayoría reconocieron al acusado como integrante del equipo represor, participando en los interrogatorios y apremios físicos.

Delitos varios

La sentencia de primera instancia fue recurrida y el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3º turno mantuvo la condena de 9 años pero cambió la tipificación de tortura a autor de un delito continuado de privación de libertad específicamente agravado, en reiteración real con un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos y este en concurso formal con un delito continuado de lesiones graves especialmente agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito continuado de privación de libertad en calidad de coautor.

La defensa llevó el caso a la SCJ que se pronunció al respecto. Según el fallo, del que dio cuenta Subrayado, los magistrados entienden que “en el caso en análisis, no se advierte arbitrariedad en la determinación de la pena, cuya determinación fue adecuadamente fundada“.

Agregan que “la pena aplicada se encuentra dentro de los márgenes legales y no resulta desproporcional, desajustada ni vulneratoria del límite de razonabilidad, de modo que justifique su corrección en casación“.

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