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REGULACIÓN DE PROTESTA, INDEMNIZACIÓN, TRABAJO ENCUBIERTO Y ULTRAACTIVIDAD EN LA MIRA

Gobierno revisará normativa que amputó derechos de trabajadores

El Gobierno de Orsi también analizará los cambios introducidos a la Ley de Negociación Colectiva que en 2023 eliminó la llamada ultraactividad.

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Un conjunto de leyes que tienen que ver con la vida de los trabajadores serán revisadas por el Gobierno encabezado por Yamandú Orsi. Se trata de normas aprobadas durante la administración anterior, que no sólo legisló en aspectos contrarios a derechos fundamentales, sino que cuando reglamentó determinados aspectos de las leyes de relaciones laborales traspasó las propias disposiciones aprobadas en el Parlamento en perjuicio de los trabajadores: desalojos de lugares de trabajo, pagos por indemnización por despido, ley que encubre trabajo subordinado en plataformas y los cambios a la ultraactividad.

El artículo 392 de la Ley de Urgente Consideración aprobada en 2020 estableció la libertad del trabajo, el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el de los no huelguistas a acceder y trabajar en los establecimientos y el de la dirección de las empresas a ingresar libremente a las instalaciones. Sumado a ese artículo, la misma LUC sostiene, en su artículo 468, “ilegítimos los piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios en espacios públicos o privados de uso público”, habilitando al Ministerio del Interior a disponer de las “medidas pertinentes” para garantizar la libre circulación y el orden público. Sin embargo, en su decreto reglamentario, este capítulo de la Ley de Urgente Consideración 281/020 se extiende y no sólo se refiere a las ocupaciones en los lugares de trabajo sino que hace referencia a la huelga.

Otra de las disposiciones que fueron contrarias a los derechos de los trabajadores en 2020 trata de las sanciones dispuestas por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública contra los docentes de enseñanza Secundaria que fueron denunciados por manifestarse contra el plebiscito Vivir sin Miedo en momentos en que el liceo N°1 de San José —donde registraron fotos de su manifestación— estaba vacío y por tanto la laicidad no pudo ser violentada. La denuncia de los profesores llegó a la Organización Internacional del Trabajo y en junio de 2023 el Comité de Libertad Sindical de la OIT recomendó al Estado uruguayo garantizar “un equilibrio razonable” entre la neutralidad de los docentes y su derecho a expresarse. En esa oportunidad, el presidente de la Federación Nacional de Profesores de Enseñanza Secundaria, José Olivera, aseguró que el fallo echa por tierra todos los supuestos jurídicos que se manejaron a la hora de generar los procesos disciplinarios. Caras y Caretas pudo conocer que el Gobierno de Yamandú Orsi apunta a eliminar las sanciones dispuestas en 2020 a los trabajadores de Secundaria.

Por otra parte, la ley 20.396 que obtuvo media sanción en Diputados en febrero pasado y que fijó los niveles mínimos de protección para los trabajadores que desarrollen tareas mediante las plataformas digitales, también será revisada. La ley no define que los trabajadores sean o no subordinados y deja en manos de la Justicia que clasifique, precisamente, la subordinación o la autonomía. Para varios especialistas consultados, la normativa legitima el encubrimiento de relaciones de trabajo subordinadas. Pero, según pudo conocer Caras y Caretas, en este caso la revisión de la ley será por la vía de la reglamentación, porque ya se sabe que no se obtendrán los votos para modificarla o derogarla. En el decreto reglamentario, que aún debe redactarse, se procurará hacer efectiva la protección a los trabajadores. Entre otros puntos, se apunta a respetar que —ante la eventualidad que un trabajador reclame— se calcule su indemnización por despido y haberes impagos en base a lo que percibía en su categoría y no en base al Salario Mínimo Nacional.

Además, el Gobierno de Orsi, según pudo saber este medio, también analizará los cambios introducidos a la Ley de Negociación Colectiva que en 2023 eliminó la llamada ultraactividad. Este concepto permitía hasta ese año que sobrevivieran los beneficios obtenidos por los trabajadores aún cuando su convenio colectivo caducara. En mayo de 2023 se modificó la Ley de Negociación Colectiva N.° 18.566, eliminando la histórica ultraactividad. Desde ese año, y en los hechos, según pudo saber Caras y Caretas, los beneficios no cayeron aunque los convenios se hayan renovado, pero se entiende por parte de las nuevas autoridades que lo que importa es lo establecido negro sobre blanco en la normativa aprobada en la anterior administración. La ley vigente hasta 2023 establecía que las condiciones de trabajo pactadas en el convenio colectivo se debían mantener hasta que un nuevo convenio las sustituya.

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