En la interna partidaria ha ocupado numerosos cargos de responsabilidad desde muy joven, cuando comenzó a militar en el wilsonismo liderado por Miguel Ángel Galán. Pocos años después se pasó al herrerismo y en los cinco años pasados fue el hombre de referencia en Maldonado del entonces presidente Luis Lacalle Pou.
Durante la presente campaña ha mantenido varios encontronazos con el intendente Antía y con el director de Tránsito, Juan Pígola, por el tema radares. A diferencia de lo que asegura el otro candidato blanco, Blás dijo, meses atrás, al diario Ámbito Financiero: “Tenemos que plantear desafíos en el combate a la pobreza, mejora de condiciones de trabajo y de mayor calidad, y revelarnos ante las diferencias, porque Maldonado en 7 kilómetros pasa de la mayor riqueza a la pobreza más hundida”, sentenció.
En el ámbito privado, Blás es propietario de la inmobiliaria que lleva su nombre, dos restaurantes —Jacinta y Crocante en Manantiales— y un almacén, según consta en su declaración jurada de este año.
El mismo documento establece que es copropietario con su esposa de la casa donde viven, valorada en unos 500.000 dólares, así como de un terreno que valoró en 25.000 dólares, que, dicho sea de paso, es un valor que no existe en Maldonado, tal vez en un asentamiento.
Además dice tener depósitos bancarios por unos 110.000 dólares y cuentas en efectivo por el equivalente a unos 180.000 dólares. Declara poseer el 100 % de las acciones de la S.A. Fincopet, valoradas en unos 35.000 dólares.
También posee un automóvil Volvo del 2014, una camioneta japonesa del 98 y un utilitario de origen chino del 2014.
Aquí es donde empiezan sus varios e importantes problemas con las declaraciones juradas presentadas ante la Jutep.
Un poco de historia sobre Blás y la DGI
En el año 2014, la periodista Mónica Robaina denunció en el semanario Brecha que Blás se había organizado con varias personas para defraudar a la DGI con la venta de terrenos en el fraccionamiento Valle Di Saronno, ubicado junto a la Laguna del Diario.
La DGI lo inspeccionó y estimó que la defraudación alcanzaba unos 500.000 dólares. Por eso presentó una denuncia penal. Después de un largo trámite, recién en el año 2018 le impuso una multa de 57.556.444 pesos, equivalentes a un millón 900 mil dólares (al cambio de la época), solicitando se le decretara un embargo genérico hasta que pagara todo.
También se consideró que la participación del edil herrerista Darwin Correa, a cargo de la sucursal fernandina de Blás Propiedades, fue “indispensable” para cometer la maniobra fraudulenta. Una imputación similar se aplicó a la esposa de Blás. Ambos fueron sancionados con 14.389.110 pesos de multa cada uno, es decir, casi 900.000 dólares en total.
Según informó Brecha, la DGI entendió además que tres escribanos que trabajaban para Blás —José Luis Robatto, miembro de la Junta Anticorrupción durante el gobierno de Jorge Batlle, y dos escribanas funcionarias municipales— tuvieron una participación indispensable en el acto fraudulento y debían responder personalmente por defraudación, con multas de 7.337.964 pesos, 24.736.123 pesos y 5.131.896 pesos, respectivamente. Es decir, otro millón 300 mil dólares, lo que elevó la suma de la multa a 4.100.000 dólares que, obviamente, pagó Blás, porque los otros eran sus socios o empleados.
En el 2014 también fue denunciado ante la Justicia penal, mientras todavía no regía el nuevo Código del Proceso. Cinco años después, el 15 de mayo del 2019, el fiscal Luis Pacheco ordenó el archivo del expediente.
Pero su dictamen es más que curioso ya que establece que Blás es culpable de defraudación tributaria, “pero no puede solicitar su procesamiento porque en ese caso violaría el artículo 11 de la instrucción de priorización de la persecución penal en el sistema no acusatorio”. Una lectura más que extraña porque ese artículo no dice que la defraudación no fuera delito, sino que no estaba en las prioridades de la Fiscalía perseguirlo.
Ocurre que el 13 de mayo, dos días antes de que Pacheco decidiera el archivo, el Consejo Honorario de Instrucciones Generales de Fiscalía había resuelto por mayoría absoluta incluir al delito de defraudación tributaria como de interés público. Si Pacheco lo hubiera tomado en cuenta, Blás habría terminado procesado.
Para entonces el acusado había acreditado el pago total de la deuda con la DGI, según dice el fiscal.
En su dictamen, Pacheco expresa: “Surge razonablemente probado que efectivamente el precio real abonado por los compradores por los terrenos era superior —por lo menos en los casos denunciados— al precio efectivamente consignado en la escritura de compraventa, y que en muchos casos el saldo era garantizado con hipoteca. Surge, asimismo, que una vez que algunos compradores advirtieron la diferencia en cuestión, se suscitaron tratativas extrajudiciales entre las partes, al cabo de las cuales —en algunos casos— la parte vendedora se avino a condonar el saldo pendiente de pago”.
Es decir, efectivamente defraudó —no evadió— a la DGI. Pero a todos los efectos legales, Blás es inocente, aunque lo sea solo por una cuestión burocrática.
¿De dónde salió tanto dinero?
Sus declaraciones juradas han sido confusas. Por ejemplo, su inmobiliaria no cuenta con una gran cartera de propiedades en venta o alquiler, según se puede verificar en la web de “Blás Propiedades”: lejos está de ser de las más importantes o prestigiosas, e incluso funciona en un local alquilado sobre la parada 15 de la Avenida Roosevelt.
Sin embargo, en la declaración presentada este año asegura tener ingresos por unos 45.000 dólares entre el sueldo de diputado y las ganancias que generan sus empresas.
Ocurre que algunas de esas empresas no habían sido declaradas aunque funcionaban desde algunos años atrás. Y la fuente es el propio Blás, quien, en la red social LinkedIn, después de una reseña sobre su actividad política, dice: “Además soy empresario y propietario de los restaurantes Jacinta y Crocante en Manantiales, y Blás Propiedades”.
En ninguna de las dos declaraciones presentadas ante la Jutep en el 2020 y el 2021 figuran esos restaurantes, que todos en Maldonado saben que le pertenecen, porque la mayoría de las noches de temporada estaba detrás de la caja en Jacinta.
Pero hay otros ítems no claramente explicados. Por ejemplo: el importante incremento de sus ingresos en el periodo de un año. Tal como surge de sus declaraciones juradas, se multiplican por diez. Pasan de 516.000 pesos a 6.069.545 pesos.
Y si se compara el total del patrimonio declarado, surge una diferencia cercana a los 10.000.000 de pesos en el plazo de un año.
Además, en el 2020 declara un inmueble, sin indicar si es propio o ganancial, por un determinado valor y en el 2021 declara un bien por un valor distinto, lo cual podría hacer presumir que son dos inmuebles diferentes.
También declaró ser el propietario del 100 % de las acciones de la empresa Fincopet S.A. en el año 2021, pero eso no figura en el 2020 y, según información del Banco Central, la empresa estaría activa al menos desde 2018.
Él mismo dice que la mencionada empresa se dedica al rubro inmobiliario, vehículos y decoración de interiores, entre otros.
Desde el 2014 a hoy, Blás ha participado en nueves elecciones, 6 departamentales y tres nacionales. En todas ha contado con un despliegue millonario en publicidad. Cuánto dinero gastó y de dónde vino nunca se explicó, porque sus rendiciones en la Corte Electoral son tan grises como sus declaraciones ante la Jutep.
La debilidad de las normas contra la corrupción
Uruguay cuenta con una importante cantidad de normas y leyes para, presuntamente, combatir la corrupción, cuya inutilidad está debidamente comprobada en los hechos.
Por ejemplo, el año pasado se aprobó una ley sobre enriquecimiento ilícito, pero nada cambió porque, en lugar de exigirle a un funcionario público acusado que demuestre el origen lícito de su dinero, es la Fiscalía quien debe probar que el mismo tiene un origen espurio.
Por otro lado, si bien hay normas sobre financiamiento de campañas políticas, como no hay quien controle, los partidos políticos pueden presentar ante la Corte Electoral cualquier declaración solo a los efectos de asegurarse el pago por sus votos.
Jamás sabremos si hay recolectores de campaña que se quedan con parte del dinero aportado o si hay candidatos que incrementan su patrimonio de esa forma. Difícilmente sea posible saber si lo obtenido en una “cena de recaudación” proviene de la venta de tickets o si estos justifican el aporte de alguien que no quiere aparecer porque no puede.
Pero menos es posible saber hoy si el patrimonio de un gobernante creció con el pago de sobornos.
El artículo 31 de la ley 19.823 (Declaración de Interés General del Código de Ética en la Función Pública) establece que “queda prohibido a los funcionarios públicos ejercer su función con relación a las actividades o entidades privadas a las que se encuentren vinculados profesional, laboral o familiarmente o mediante cualquier otro vínculo del cual pueda derivar un conflicto entre el interés público y el privado”.
A su vez, el artículo 33 dice que “si al momento de ingresar a la función pública o durante su desempeño, resultare dudosa o estuviere cuestionada la configuración de alguna de las situaciones previstas en los artículos 27 a 32 de esta ley, el funcionario deberá informarlo de inmediato y en forma pormenorizada por escrito a su superior jerárquico, quien deberá resolver fundadamente al respecto y, en su caso, sobre la permanencia del funcionario en la oficina”.
Los ediles integrantes de la Comisión de Obras de la Junta Departamental, que, a su vez, son operadores inmobiliarios, han incumplido reiteradamente con esta ley. Pero nadie se los va a cobrar.
El Estado tiene una estructura perversa que termina protegiendo a los corruptos, aun contra su voluntad. Tal vez porque muy pocos entienden la gravedad del problema.
“Todos los funcionarios que, a la fecha de vigencia de esta ley, se encuentren en las situaciones previstas por los artículos anteriores deberán presentar, en un plazo máximo de sesenta días siguientes a dicha vigencia, una declaración jurada donde establezcan que clase de vinculación o actividades de las previstas en dichos artículos mantienen, individualizando las personas o empresas y el tipo de relacionamiento o intereses con ellas, estándose a lo que resuelva el jerarca correspondiente”.